El incumplimiento de las obligaciones de pago será sancionado con una multa equivalente al monto que resulta de aplicar una vez y media la tasa de interés mensual que utiliza el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento para documentos comerciales, sobre los importes omitidos.

El cálculo y emisión de la boleta de la tasa anual que deben abonar las sociedades por acciones se efectuará en forma exclusiva, mediante el sitio Web oficial: www.jus.gov.ar/igj a través del servicio de emisión de tasas de la página al que se puede acceder haciendo clic https://www2.jus.gov.ar/igj-tasas2013/.
Una vez en el sitio deberán buscar la sociedad (por numero correlativo de sociedad o por razón social), hay dos opciones seleccionar imprimir directamente o seleccionar enviar por mail, previo a completar el dato del mismo.