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Quienes reduzcan el porcentaje que se aplica para determinar el monto sujeto a Ingresos Brutos tienen que justificar la disminución mediante la web de AGIP.
La medida, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, tiene carácter excepcional para garantizar la asistencia a las elecciones primarias del 14.
A partir de ahora, Migraciones no admitirá órdenes restrictivas de salida del país de personas concursadas y fallidas por tiempo indefinido.
El fisco nacional estableció que la exteriorización de la nueva base de cálculo de los pagos a cuenta se debe realizar de manera online. Los contribuyentes tendrán que considerar el mínimo no imponible de 10.800 pesos.
El fisco nacional modificó los pasos a seguir por las empresas para la acreditación y la posterior utilización de los montos que surjan de las declaraciones juradas rectificativas que disminuyan los aportes y contribuciones ingresados.
La plantilla a mantener será la conformada al 30 de noviembre del año pasado. El plazo de 2 años se computa desde el 31 de diciembre próximo.
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